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IMPUESTO DE SOCIEDADES: PAGOS FRACCIONADOS

Las empresas que facturan menos de seis millones de euros al año calculan sus pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades según el sistema de cuota. Es decir, ingresando  directamente el 18% de la cuota del último Impuesto sobre Sociedades liquidado.

No obstante, durante este mes de febrero pueden cambiar la forma de calcular los pagos fraccionados y optar por el sistema de bases. Así, en los pagos de abril, octubre y diciembre, deberán ingresar el 17% de la base imponible acumulada de los tres, nueve u once primeros meses del año (descontando las retenciones soportadas y, en octubre y diciembre, los pagos fraccionados ya realizados).

Esta opción puede interesarle si se prevé que en el año en curso los resultados de su empresa serán inferiores a los de los años anteriores: en ese caso el sistema de bases supone unos pagos fraccionados más bajos, y reduce los fondos anticipados a Hacienda.

NUEVA HOJA DE RECLAMACIONES

  • GENERALIDADES
  • Entrada en vigor a partir del 4 DICIEMBRE 2019
  • OMIC continuan prestando los mismos servicios
  • Creacion de Fase Previa negociadora entre el Usuario la Empresa y el arbitraje una y Fase de Procedimiento Administrativo con causas tasadas y plazos para admitir y resolver
  • USUARIOS
  • No hace falta que la persona haya consumido para presentar hoja de reclamaciones.
  • La hoja podra sacarse del establecimiento y rellenar en su domicilio.
  • Obtencion de la HOJA DE RECLAMACIONES :
    • Descargandolas desde www.consumoresponde.es
    • Desde el propio establecimiento, o al que presta el servicio a domicilio.
    • En la empresa, solicitandola por correo postal o @electronico
  • Cuando el usuario reciba contestacion y no satisface o si han pasado 10 dias habiles sin respuesta, se puede presentar la hoja en la OMIC para iniciar ¨Procedimiento Administrativo»
  • EMPRESA
  • Empresa obligada a expresar su aceptacion o rechazo a mediacion de arbitraje.
  • Entre las empresas obligadas a disponer hojas estan los profesionales colegiados.
  • La empresa dispondra de 10 dias habiles para responder:
    • Propuesta de resolucion o justificacion de la negativa
    • Manifestacion expresa de aceptacion o rechazo de mediacion de consumo
    • Informacion de si esta adherida a una entidad de resolucion alternativa de conflictos, si opta o esta obligada a otra.
    • Si no esta adherida u obligada, informar de otra que reconozca y si participaria en el procedimiento. (Adjuntamos modelo de contestacion en descargas)

DESCARGAS

Hoja de reclamaciones rellenable
Cartel Informativo de Hoja de Reclamaciones :Papel
Cartel Informativo de Hoja de Reclamaciones Electronicas
Cartel Informativo para dispositivos telematicos y contratacion telematica .pdf
Modelo Orientativo de contestacion